Decreto del Estado de Alarma. infórmate, que no te lo cuenten.

Desde el 14 de marzo se ha decretado en España el estado de alarma en todo el territorio por la crisis del Covid-19 coronavirus

Una crisis que no sólo afecta a nuestro país, sino que es a nivel mundial, con los centros sanitarios colapsados y la economía de los países en mínimos. Para intentar paliar y amortiguar todas éstas consecuencias , el gobierno tomó esta determinación el sábado 14 de Marzo.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020 dictamina las normas a cumplir a partir de ahora que resumimos a continuación.

Toda la población tiene la obligatoriedad de cumplir estas normas bajo multas cuantiosas. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y las fuerzas armadas velan por que se cumplan estas normas que estarán en vigor, al menos durante 15 días.

  • Limitaciones de circulación. La circulación de personas y vehículos únicamente está permitida para la realización de las siguientes actividades:
    • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad. (Conserve el ticket de compra)
    • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
    • Desplazamiento al lugar de trabajo. Es recomendable llevar un certificado.
    • Asistencia a centros y servicios sanitarios.
    • Retorno al lugar de residencia habitual.
    • Desplazamientos a entidades financieras y de seguros.
    • Desplazamiento a gasolineras para el respostaje de vehículos.
    • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
    • Limitaciones de actividad. Las empresas que no estén en la siguiente lista deben cerrar. Las actividades permitidas son:
      • Alimentación, bebidas, productos de primera necesidad.
      • Médicos y farmacias.
      • Ópticas y productos ortopédicos.
      • Peluquerías a domicilio y productos higiénicos.
      • Prensa y papelería.
      • Gasolineras.
      • Estancos.
      • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
      • Alimentos para animales.
      • Tintorerías y lavanderías.
      • Hostelería y restauración con entrega a domicilio.
      • Lugares de culto y ceremonias civiles y religiosas (con condiciones, como garantizar la distancia de seguridad).
  • Ante este estado de alarma pocas veces vivido en nuestro país (solo una vez anterior cuando se produjo la huelga de controladores aéreos) la información falsa y los bulos proliferan en las redes sociales.

    Desde Antonio Martinez Saez-Agente Allianz Seguros os recomendamos que acudáis a fuentes oficiales para informarse sobre todos estos temas o a medios de comunicación serios que están obligados a ofrecer información.

    Seguimos teletrabajando y activos  para solucionar vuestras dudas o informar sobre cualquier cuestión que afecte a tu empresa o negocio:

Antonio Martinez Saez
El responsable del fichero usará ésta información par responder a las solicitudes de contacto. Los datos enviados se guardarán en un Hosting dentro de la UE. Puedes acceder, rectificar y suprimir los mismos si lo deseas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio